∴Masonería en Monterrey, Nuevo León y su Área Metropolitana∴

Requisitos para ingresar a la Masonería - Requisito para ser Masón

Ser una persona Libre, puesto que la solicitud de iniciación a la Masonería ha de ser consecuencia de la innata libertad individual, lejos de toda presión, influencia o circunstancia que coarte dicha libertad.

Ser una persona de Buenas Costumbres, es decir, ha de ser una persona digna de confianza, honrada en su forma de trabajar y de buena reputación.

Tener veintiún años o más, en caso de ser hijo de Masón dieciocho años o más.

Creer en un Principio Superior o Causa Primera de todo lo creado, al que se denomina comúnmente como Dios, y que los masones, respetando siempre la libertad del individuo ante cualquier creencia particular, denominan como Gran Arquitecto del Universo.

Una vez llenada la solicitud de iniciación. La solicitud es leída durante una Tenida de la Logia ante todos los miembros de la misma, con el fin de que alguno pueda aportar información adicional. Posteriormente, será entrevistado por miembros de la Logia que no mantengan ningún tipo de relación con el candidato, los cuales emitirán informes por separado.

Finalmente, una vez obtenidas las votaciones favorables, el candidato estará en condiciones de ser iniciado.

Compromisos del candidato aceptado

Ser respetuoso y cumplidor con todas las leyes de los Estados Unidos Mexicanos.

Ajustar su conducta a los “Antiguos Usos, Deberes y Costumbres” (Fidelidad a los Principios de la Orden y al Progreso Personal).

Respetar la Constitución y demás leyes y reglamentos de la Gran Logia de Nuevo León.

Asistir puntualmente a las tenidas y reuniones a las que sea convocado.

Pagar los derechos de iniciación y satisfacer las cuotas mensuales.

Confirma su creencia en un Creador, que nosotros denominamos el Gran Arquitecto del Universo y que cada iniciado puede darle el sentido de acuerdo a su religión.

Finalmente, y durante la Ceremonia de Iniciación, el Candidato, jura y promete Lealtad y Fidelidad sabiendo que en dicho juramento no hay nada incompatible con sus deberes familiares, civiles, morales o religiosos.

Los LandMarks

  1. Los procesos de reconocimiento son los más legítimos e incuestionables de todos los Land-marks. No admiten mudanzas de ningún tipo, pues, siempre que se hizo, funestas consecuencias vinieron a demostrar el error cometido.
  2. La división de la Masonería Simbólica en tres grados es un Land-mark que, más que ninguno, ha sido preservado de alteraciones, a pesar de los esfuerzos realizados por el dañino espíritu innovador. Cierta falta de uniformidad sobre la enseñanza final de la Orden, en el grado de Maestro, fue motivada por no ser el tercer grado considerado como finalidad; de ahí el Real Arco y los Altos Grados variaron en el modo de conducir al neófito a la gran finalidad de la Masonería Simbólica. En 1813, la Gran Logia de Inglaterra reivindicó este antiguo Land-mark, decretando que la Antigua Institución Masónica poseía tres primeros grados: de Aprendiz, Compañero y Maestro, incluyendo el Santo Arco Real. A pesar de reconocido por su antigüedad, como un verdadero Land-mark, continúa a ser violado. 
  3. La leyenda de tercer grado es un Land-mark importante, cuya integridad ha sido respectada. No existe ningún rito en la Masonería, en cualquier país o en cualquier idioma, en el que no sean expuestos  los elementos esenciales de esta leyenda. Las fórmulas escritas pueden variar y, ciertamente, varían; la leyenda, sin embargo, del constructor del Templo constituye la esencia y la identidad de la Masonería. Cualquier rito que la excluyese o la alterase, materialmente cesaría, por ello, de ser un rito Masónico. 
  4. El gobierno de la Fraternidad por un Oficial que preside; denominado Gran-Maestro, elegido por el pueblo masónico, es el cuarto Land-mark de la Orden. Muchas personas ignorantes suponen que la elección del Gran-Maestro se practica por la razón de estar establecida en la ley o Reglamento de la Gran Logia. En los anales de la Institución se encuentra, sin embargo, Grandes Maestros muchos antes de que existiesen las Logias y, si el actual sistema de gobierno por Grandes Logias fuese abolido, siempre sería preciso la existencia de un Gran-Maestro.
  5. La prerrogativa del Gran-Maestro  de presidir todas las reuniones masónicas, realizadas donde y cuando se hagan, es el quinto Land-mark. Es en virtud de esta ley, derivada de  la antigua usanza, y no de cualquier decreto especial, que el Gran-Maestro ocupa el trono en todas las sesiones de cualquier logia subordinada, cuando se encuentre presente.
  6. La prerrogativa del Gran-Maestro de conceder licencias para conferir grados en tiempos anormales, es otro e importantísimo Land-mark. Los estatutos masónicos exigen un mes, o más, de tiempo entre la propuesta y la recepción de un candidato. El Gran-Maestro, sin embargo, tiene derecho de apartar o dispensar esa exigencia y permitir la iniciación inmediata.
  7. La prerrogativa que tiene el Gran-Maestro de autorizar la fundación y de mantener logias, es otro importante Land-mark. En virtud de ello, puede el Gran-Maestro, conceder a un número suficiente de Maestros Masones el privilegio de reunirse y conferir grados. Las logias así constituidas se llaman “Logias Licenciadas”. Creadas por el Gran-Maestro, sólo perduran mientras el no resuelva lo contrario, pudiendo ser disueltas por su voluntad. Pueden vivir un día, un mes, o seis meses. Cualquiera, sin embargo, que sea el tiempo de su existencia se lo deben exclusivamente a la gracia del Gran-Maestro.
  8. La prerrogativa del Gran-Maestro de crear Masones por su libre decisión es otro Land-mark importante, que carece ser explicado, controvertida como tiene sido su existencia. El verdadero y único modo de ejercer esta prerrogativa es la siguiente: el Gran-Maestro convoca en su auxilio seis Maestros Masones, por lo menos; forma una logia y, sin ninguna prueba previa, concede el grado a los candidatos; terminado esto, disuelve la logia y despide a los Hermanos. Las logias así convocadas se llaman “Logias ocasionales” o de “emergencia” .
  9. La necesidad de congregarse los masones en Logia es otro Land-mark. Los Land-marks de la Orden siempre afirmaron que los masones debían congregarse con el fin de entregarse a las tareas operativas, y que a esas reuniones se les diese el nombre de “logia”. Antiguamente, las reuniones eran extemporáneas, convocadas para asuntos especiales y luego disueltas, separándose los hermanos para, de nuevo, reunirse en otros puntos y en otras épocas, conforme a las necesidades y circunstancias.  Cartas Constitutivas, Reglamentos internos, Logias y Oficinas permanentes y contribuciones anuales son innovaciones puramente modernas, de un periodo relativamente reciente.
  10. El gobierno de la Fraternidad, cuando congregado en Logia, por un Venerable y dos Vigilantes, es también un Land-mark. Cualquier reunión de masones, congregados bajo cualquier dirección, como por ejemplo un presidente y dos vicepresidentes, no será reconocida como logia. La presencia de un Venerable y dos Vigilantes es tan esencial que, en el día de la congregación, es considerada como una Carta Constitutiva.
  11. La necesidad de estar la logia a cubierto, cuando reunida, es un importante Land-mark que no debe ser descuidado. Se origina en el carácter esotérico de la institución. El cargo de Guarda Templo que vela para que el lugar de las reuniones este absolutamente vedado a toda intromisión de profanos, no depende, en absoluto de cualquier ley de Grandes Logias o de logias subordinadas. Es su deber, por este Land-mark, el guardar la puerta del Templo, evitando que se pueda oír lo que dentro suceda.
  12. El derecho representativo de cada Hermano, en las reuniones generales de la Fraternidad, es otro Land-mark. En las reuniones generales, antes denominadas Asambleas Generales, todos los Hermanos, incluidos los simples aprendices, tiene el derecho a tomar parte. En las Grandes Logias solo tienen derecho de asistencia los Venerables y los Vigilantes, en calidad, sin embargo, de representar a todos los Hermanos de las Logias. Antiguamente, cada Hermano se representaba a sí mismo. Hoy día, son representados por sus Oficiales. Ni por motivo de esta concesión, hecha en 1717, deja de existir el derecho de representación firmado en este Land-mark.
  13. El derecho de recurso de cada masón a las decisiones de sus Hermanos, en Logia, ante la Gran Logia o Asamblea General de los Hermanos es un Land-mark esencial para preservar la justicia y evitar la opresión.
  14. El derecho de todo masón a visitar y tomar asiento en cualquier logia es un Land-mark incuestionable de la Orden. Es el derecho consagrado de visitar, que siempre fue reconocido como un derecho inherente que todo Hermano ejerce cuando viaja por el Universo. Es la consecuencia de ver las logias como meras divisiones, por conveniencia, de la Familia Masónica Universal.
  15. Ningún visitante, desconocido por los Hermanos de una Logia, puede ser admitido sin que antes de nada sea examinado de acuerdo con las antiguas costumbres. Ese examen solo puede ser dispensado si el masón es conocido de algún Hermano de la logia que se responsabilice por él.
  16. Ninguna logia puede entrometerse en asuntos que atañan a otras, ni conceder grados a Hermanos de otros cuadros.
  17. Todo masón está sujeto a las leyes y reglamentos, de la Jurisdicción Masónica en que resida, incluso no siendo miembro de alguna logia. La no filiación es ya una falta masónica.
  18. Por este Land-mark los candidatos a la iniciación deben carecer de defectos o mutilaciones, libres de nacimiento y mayores. Una mujer, un discapacitado o un esclavo no pueden ingresar en la Fraternidad.
  19. La creencia en el Gran Arquitecto del Universo es uno de los más importantes Land-marks de la Orden. La negación de esta creencia es un impedimento absoluto e insuperable para la iniciación.
  20. Subsidiariamente a lo anterior, es exigida la creencia en una vida futura.
  21. Es indispensable la existencia, en el Altar, de un Libro de la Ley, o Libro que, conforme a la creencia, se supone contiene la Verdad revelada por el Gran Arquitecto del Universo. La Masonería no interviene en las peculiaridades de fe religiosa de sus miembros, eses Libros pueden variar de acuerdo con los credos. Exige, por eso, que un “Libro de la Ley” sea parte indispensable de los utensilios de la logia
  22. Todos los masones son absolutamente iguales dentro de la logia, sin distinciones de prerrogativas profanas, de privilegios, que la sociedad otorga. La masonería nivela a todos en sus reuniones.
  23. Este Land-mark ordena la conservación secreta de los conocimientos de la iniciación, de los métodos de trabajo, así como de sus leyendas y tradiciones que sólo pueden ser comunicadas a otros Hermanos.
  24. La fundación de una ciencia especulativa, según los métodos operativos, el uso simbólico y la explicación de dichos métodos y de los términos empleados, con propósito de educación moral, constituye otro Land-mark. La conservación de la leyenda del Templo de Salomón es otro fundamento de este Land-mark.
  25. El último Land-mark es el que afirma la inalterabilidad de los anteriores, nada se puede añadir y nada se puede retirar, ninguna modificación puede ser introducida. Tal y como los recibimos de nuestros ancestros debemos trasmitirlos a nuestros sucesores.

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